Seguros útiles

null ¿Qué hago si he sufrido daños en el coche o mi casa por el temporal?

NOTICIA - Seguros útiles

30/10/2024

¿Qué hago si he sufrido daños en el coche o mi casa por el temporal?

Los afectados pueden reclamar los daños sufridos por las inundaciones y el viento derivados de una DANA directamente al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).

Las inundaciones por la DANA que afectan a España estos días, especialmente a la Comunidad Valenciana, están provocando daños en miles de viviendas, automóviles y establecimientos, locales de oficinas, industrias y otros inmuebles. La pregunta que siempre surge a las personas que han sufrido destrozos en sus hogares y vehículos asegurados como consecuencia de este tipo de temporales es a quién puede reclamar una indemnización por esos daños.

En el caso de catástrofes naturales y actos violentos, los daños en bienes (automóviles, viviendas, locales comerciales y fábricas) y personas son sufragados directamente por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). También cubre una eventual pérdida de beneficios a, por ejemplo, un autónomo que haya visto dañado su local comercial.

¿En qué casos concretos se puede reclamar al Consorcio?

El CCS es un organismo público dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que se financia a través de un pequeño recargo en el precio de los seguros y que actúa en caso de inundaciones provocadas, por ejemplo, por la lluvia y el desbordamiento de ríos. En el caso de destrozos provocados por el viento, este debe haber superado los 120km/h o considerarse un tornado, independientemente de su fuerza. En cambio, los desperfectos provocados por el granizo, la nieve y las heladas no son cubiertos por este organismo.

¿Quién puede reclamar al Consorcio?

La condición para poder recibir una indemnización en caso de que nuestro coche o vivienda haya sufrido daños como consecuencia, por ejemplo, de una DANA, es que el vehículo o la casa estuviesen asegurados con una póliza en vigor en el momento de ese fenómeno y al corriente de pago. Por tanto, aquellas personas que no tuviesen asegurada, por ejemplo, su vivienda, no tendrán derecho a ningún tipo de indemnización por parte del Consorcio de Compensación de Seguros. 

La forma de solicitar una indemnización al Consorcio es por teléfono (900 222 665) o a través de la página web del propio organismo. Lo recomendable, según el propio CCS, es hacerla cuanto antes para agilizar la tramitación de la indemnización.

¿Qué indemnización recibiré?

La cuantía que se recibirá del Consorcio en concepto de indemnización la determinará la póliza en base al capital asegurado y resto de condiciones que figuren en la misma.