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11/01/2022¿Qué distintivo ambiental se necesita para circular por las principales ciudades?
Los vehículos sin etiqueta, los más antiguos y contaminantes, ya tienen prohibida la circulación por el centro de Madrid y Barcelona.
Las 149 ciudades españolas de más de 50.000 habitantes deberán crear zonas de bajas emisiones antes de 2023, tal y como establece la ley de Cambio Climático aprobada el pasado mes de mayo. En la práctica, esto supone que en el centro de estas ciudades se prohibirá o limitará la circulación de los vehículos más antiguos y contaminantes, como ya hacen, por ejemplo, Barcelona y Madrid.
Los ayuntamientos establecerán estas restricciones basándose en el sistema de distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT), que clasifica los coches, motos y furgonetas con las equiquetas B, C, Eco y 0 Emisiones en función de su eficiencia energética, teniendo en cuenta el impacto medioambiental de los mismos. Puedes consultar el distintivo que corresponde a tu vehículo en la página web de la DGT, por teléfono o en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico.
- Sin etiqueta: turismos y furgonetas de gasolina matriculados antes de 2000 y diésel anteriores a 2006.
- Etiqueta B: de color amarillo, se aplica a vehículos de gasolina de entre 2000 y 2006 y diésel de 2006 a 2013.
- Etiqueta C: de color verde, incluye turismos y furgonetas de gasolina matriculados después de 2006 y de gasóleo posteriores a 2014.
- Eco: de color azul y verde, es para coches híbridos no enchufables, vehículos híbridos enchufables con autonomía menor a 40km y los propulsados por gas natural o gas licuado del petróleo.
- Etiqueta 0 emisiones: de color azul, se aplica a vehículos eléctricos de batería, de autonomía extendida, eléctricos híbridos enchufables (autonomía mínima de 40 km) y de pila de combustible.
Aquellos vehículos sin etiqueta, y por tanto los más antiguos y contaminantes, serán los que previsiblemente sufran mayores restricciones a la circulación. De hecho, y aunque con matices, ya tienen prohibida su entrada como norma general a las zonas de bajas emisiones de Madrid y Barcelona.
En Madrid, a partir del 1 de enero de 2022, todos los vehículos sin pegatina de la DGT que no estén domiciliados en la capital tendrán prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas no solo de la almenda central (Madrid Distrito Centro), sino también del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. En 2023 no lo podrán hacer tampoco por la M-30, en 2024 por ninguna vía de Madrid y en 2025 la medida se extenderá también a los vehículos sin pegatina domiciliados en la ciudad.
En Barcelona, por su parte, desde 2020 los vehículos más contaminantes ya no pueden circular de lunes a viernes, de 07.00 a 20.00 horas, en la llamada ZBE Rondas de Barcelona, que incluye Barcelona, L'Hospitalet de Llobregat, Sant Adrià de Besòs y parte de Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat.
Los vehículos con etiquetas B y C todavía no sufren, en general, grandes restricciones. En Barcelona pueden circular libremente por la ZBE. En Madrid, pueden hacerlo sin limitaciones por el interior de la M-30, pero en Madrid Distrito Centro, si no se es residente, sólo se podrá entrar para estacionar en un aparcamiento, entre otras salvedades.
En el lado opuesto se encuentran aquellos turismos, motos y furgonetas con etiqueta Eco y 0 emisiones, que no sufren ninguna restricciones a la entrada, circulación y estacionamiento en estas zonas de bajas emisiones.
Con estas medidas, los ayuntamientos persiguen reducir las emisiones y, por tanto, velar por la calidad del aire y la salud pública.
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